Falla Scjn a favor de vecinos de Los Kilómetros y exige suministro de agua
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Ciudad de México. — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de los habitantes del asentamiento irregular en Ciudad Juárez, Chihuahua conocido como "los Kilometros" al determinar que las autoridades locales deben garantizarles el suministro del mínimo vital de agua potable. La resolución marca un precedente importante al destacar que no es exigible comprobar formalmente el domicilio en zonas marginadas para defender este derecho humano.
El caso derivó de los amparos en revision No. 544/2025 y 545/2025 promovido por vecinos de "los Kilómetros" representados por el Lic. José Carlos Medina Armendáriz, quienes denunciaron la omisión de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Juárez y la Junta Central de Agua y Saneamiento del Estado de Chihuahua de proveerles agua en condiciones de cantidad, calidad y frecuencia adecuadas para el uso doméstico.
Inicialmente, el Juez Sexto de Distrito en Cd. Juarez, había desechado la demanda bajo el argumento de que las personas no demostraron ser residentes del lugar mediante documentos oficiales. Sin embargo, a través del proyecto elaborado por el Ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, la Corte revocó esta decisión y entró al estudio del fondo del asunto.
Al resolver a favor de los ciudadanos, la SCJN determinó lo siguiente:
Acceso a la justicia sin formalismos: La Corte estableció que, frente a la realidad fáctica de los asentamientos irregulares que carecen de servicios básicos, resulta irrazonable exigir documentos oficiales de domiciliación.
Basta la protesta de decir verdad: Para que se reconozca el interés legítimo de los quejosos, es suficiente que afirmen vivir en el lugar bajo protesta de decir verdad.
Garantía del mínimo vital: El máximo tribunal resolvió que las autoridades incurrieron en una omisión administrativa al no proveer agua potable en condiciones suficientes, saludables y asequibles.
Suministro inmediato: Se ordenó a la Junta Municipal suministrar de manera inmediata al menos 50 litros de agua diarios por persona. Este suministro deberá realizarse mediante camiones cisterna (pipas) que cuenten con sistemas de cloración para garantizar su potabilidad.
Infraestructura a mediano plazo: Las autoridades municipales y estatales deberán instalar depósitos de almacenamiento masivo que permitan la conservación adecuada del agua.
Presupuesto garantizado: Se ordenó mantener la clasificación del asentamiento de los Kilometros como "Zona de Atención Prioritaria". Esto con la finalidad de asegurar la asignación de recursos presupuestales para llevar a cabo las obras de infraestructura necesarias.
Con esta sentencia, la SCJN reafirma que el derecho humano al agua es una precondición indispensable para gozar de una vida digna. Asimismo, reitera que el acceso a este vital líquido no puede ser condicionado ni negado por razones relacionadas con la falta de regularización formal de las viviendas o terrenos.
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