Analiza Comisión de Feminicidios inconstitucionalidad de artículo penal
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Chihuahua.- La mesa técnica de la Comisión de Feminicidios analizó hoy el comunicado por parte de la Corte respecto al artículo 480 del Código Penal del Estado de Puebla, en la que lo declararon inconstitucional debido a algunos verbos rectores.
Los verbos rectores que se cuestionaron dentro de la mesa técnica celebrada fueron: “vigilar”, “hostigar”, “intimidar” u “ofender”. Dichos verbos, señalaron magistradas penales que asistieron a la mesa, no especifican el alcance ni cuándo comienzan a causar dichos verbos. Dichos verbos, cuestionaron, pueden vulnerar la libertad de expresión a través del uso de las redes sociales.
Los asesores jurídicos de la Comisión de Feminicidios consideraron categorizar los verbos rectores como delito de resultado material, el cual tendría que contemplar que dichos verbos sean acreditables a la afectación de la persona.
Concluyeron los asesores que, de tal manera, dejarían de ser ambiguos, pues contemplarían: “la dualidad de que sea una vigilancia física y en los temas digitales pues tiene que ver más que nada con otras conductas, que busque el contacto, que esté interfiriendo en la vida privada. Creo que la vigilancia de una red digital no es la conducta que estaríamos regulando, entonces no vería yo ningún problema y creo que se salvaguarda cuando se inserta en la redacción física o digital”.
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